En los términos de la Ley 1581 de 2012, manifiesto expresamente que autorizo, de manera libre, previa y voluntaria, a la Caja de la Vivienda Popular a dar el tratamiento de los datos suministrados por mí a través de este formulario, de conformidad con lo establecido en la POLÍTICA DE DATOS PERSONALES de la CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR. Vigente a partir del 18 de febrero de 2020.
En los términos del artículo 56 de la Ley 1437 de 2011 por medio de la aceptación del presente documento autorizo a la Caja de la Vivienda Popular para realizar la notificación electrónica de todos las comunicaciones y Actos Administrativos proferidos al correo suministrado en el presente formato.
Es la asistencia técnica y social que realizan profesionales de arquitectura e ingeniería de la Caja de la Vivienda
Popular para determinar las obras que mejoren las condiciones habitacionales de la vivienda, y permitan el
reconocimiento de la edificación existente por parte de la Curaduría Pública Social.
Los estudios contemplan el levantamiento arquitectónico y peritaje técnico de la vivienda de interés social (VIS),
en barrios legalizados urbanísticamente.